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LEY DE URGENTE CONSIDERACIÓN (LUC) – MODIFICACIONES EN MATERIA LABORAL

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El pasado 7 de Julio fué aprobada por el parlamento la Ley de Urgente Consideración (LUC), la cual trae cambios en diversas areas. En el presente articulo nos centraremos en resumir las principales modificaciones en materia laboral.

Libertad financiera en el pago de Salarios

El pago de las remuneraciones y toda partida en dinero que tenga derecho a percibir el trabajador en relación de dependencia, podrá efectuarse en efectivo. Hasta el momento solo se permitía el pago a través de una cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico.

La modalidad de pago será acordada al inicio de la relación laboral entre el trabajador y el empleador y tendrá vigencia por un año. Si al vencimiento del plazo no se acuerda una modalidad de pago diferente, la existente se prorrogará por igual período.

La reglamentación de la ley será la encargada de establecer los plazos y las modalidades para el acuerdo entre las partes.

Pago de Honorarios profesionales

El pago de honorarios en dinero por servicios prestados por profesionales fuera de la relación de dependencia , podrá efectuarse en efectivo hasta un monto máximo de 1.000.000 UI (aprox $4.660.000). Sin embargo, se mantiene vigente la posibilidad del pago por medios electrónicos.

Libertad de Trabajo y derecho de la dirección de la empresa.

El estado garantizará:

  1. El ejercicio pacífico del derecho de huelga
  2. El derecho de los no huelguistas a acceder y trabajar en los establecimientos
  3. El derecho de la dirección de la empresa a ingresar libremente a las instalaciones.

Protección de la libre circulación. 

Se declaran ilegítimos los piquetes que impidan la libre circulación de personas, bienes  o servicios en espacios públicos o privados de uso público.

Será competencia del Ministerio del Interior llevar a cabo las medidas pertinentes para el levantamiento del piquete.

Comisión de expertos.

Se creará una comisión de expertos en seguridad social con el cometido de:

  1. Analizar los diversos regímenes previsionales existentes a efectos de diagnosticar la situación actual y perspectivas a corto, mediano y largo plazo.
  2. Analizar impactos de la dinámica demográfica y procesos de automatización en el mercado de trabajo y sus efectos en sistema previsional.
  3. Examinar experiencias internacionales pertinentes.
  4. Formular opciones de reforma de los regímenes previsionales existentes.
  5. Recabar la opinión de las personas interesadas en el sistema previsional, tanto en la etapa de diagnóstico como de recomendaciones.

 

Para ser asesorado en este u otros temas contactarse con:

[email protected]

[email protected]

Esta publicación ha sido redactada con la intención de brindar un conocimiento general del tema, la misma no debe ser considerada como base para la toma de decisiones, ni utilizada para cubrir situaciones especificas sin el asesoramiento de un profesional experto. Comuníquese con SADRE Consultores si desea analizar este asunto en el contexto de su situación especifica.

SADRE Consultores, sus socios y empleados no se responsabilizan respecto al uso ya sea total o parcial de la información contenida.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row top_padding=»30″ bottom_padding=»30″][vc_column width=»1/1″][minti_button link=»https://sadre.com/contacto/» appear=»true» color=»custom» custom_color=»#2672aa» size=»large»]CONSULTAR[/minti_button][/vc_column][/vc_row]

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